Inscripciones de Avisos, modificaciones y cambios en general. El Aviso de Operaciones, es una figura jurídica creada mediante la Ley 5 de 11 de enero de 2007, para agilizar el proceso de apertura de empresas y reemplazar lo que antes se denominaba en nuestro país como “licencia comercial” tipo A ó B.
A partir de la creación de dicha Ley 5 de 2007, toda persona natural o jurídica que desee realizar negocios en Panamá, ya sean éstos de tipo comercial, industrial o de servicios debe adquirir un Aviso de Operaciones.
El Aviso de Operaciones se crea a través es electrónico y se realiza a través del portal www.panamaemprende.gob.pa , sin embargo hay ciertas actividades que requieren requisitos previos de las Instituciones encargadas para poder generar dicho aviso de operaciones, como: banca, seguro, bienes raíces, farmacias, agencias de viaje, transporte público, entre otras.
Además existen actividades que no necesitan del Aviso de Operación estas son:
- Explotación agrícola, ganadera, apícola, avícola, agroforestal o similares.
- Elaboración y ventas de artesanías y otras industrias manuales o caseras, siempre que utilice el trabajo asalariado de hasta 5 trabajadores.
- Ejercicio de actividades que no son actos de comercio.
- El ejercicio de profesiones liberales a título personal o a través de sociedades civiles.